Qué opinan los expertos sobre el proyecto que busca reformar la gobernanza de Enami
Socios de Voces Mineras, especialistas en la materia y ex directores de la estatal, analizaron la propuesta de ley que modifica el gobierno corporativo de la Empresa Nacional de Minería, destacando los pros y contra de la iniciativa.
Tras la presentación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley que moderniza el gobierno corporativo de la Empresa Nacional de Minería (Enami), consultamos a socios de Voces Mineras que ejercieron como directores y/o ejecutivos de la estatal o que tienen vastos conocimientos sobre normativa minera, respecto de los alcances de la propuesta legal. Si bien no existe una visión uniforme, sus opiniones dan cuenta de los avances y retrocesos que, a su juicio, implicaría la iniciativa.
En ese contexto, el abogado Sergio Hernández, socio de Voces Mineras, ex subsecretario de Minería, ex vicepresidente ejecutivo de Cochilco y ex fiscal de Enami, se mostró contrario a que el gobierno corporativo de la empresa se modifique a tal punto, que el/la ministro/a de Minería no sea el/la que presida el Directorio, cuando es a través de esta empresa que el Ministerio fija su política de fomento.
Tampoco está de acuerdo con que salgan del Directorio los representantes de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami). “No son clientes, se les incorporó al Directorio porque son aliados estratégicos y se inhabilitan cuando corresponde”, planteó. Asimismo, lamentó que quede excluido el Instituto de Ingenieros de Minas de Chile (IIMCh).
Hernández explicó que si bien la OCDE da recomendaciones para empresas del Estado –sobre las cuales se basó el proyecto de ley ingresado al Congreso–, el modelo de dicha organización no es aplicable a Enami. Argumentó que su rol no es crear valor para su dueño (como sí lo es para Codelco), sino crear valor para el sector al que atiende. “Si está estructurada como empresa y no como servicio, es porque tiene activos productivos, pero precisamente son para fomentar al sector y no para generar utilidades para el Estado”, sostuvo, puntualizando que otro tema es que deba ser eficiente en su gestión.
“Con el proyecto de ley en curso, aunque la ministra de Minería sea representante del Presidente de la República en la Junta de Accionistas, el problema es que lo es en conjunto con el ministro de Hacienda, Ministerio este último más influyente y que nunca ha comprendido el rol de fomento de Enami”, aseveró.
En su opinión, con esta propuesta “los pequeños mineros tenderán a ser más débiles y, con ello, se debilita el fantástico modelo minero de desarrollo económico y social: gran minería estatal (Codelco), gran minería privada nacional y extranjera, y pequeña y mediana minería.
Enami no es Codelco
La ex subsecretaria de Minería, Verónica Baraona, quien fue directora de Enami en dos oportunidades y actualmente forma parte de la Directiva de Voces Mineras, dijo compartir algunos cambios contemplados en el proyecto de ley, pero criticó que la iniciativa sea “una copia fiel de la Ley 20.392 aprobada en 2009 que creó un nuevo gobierno corporativo para Codelco, en circunstancias que Enami y Codelco son empresas totalmente distintas”. A su juicio, “esta propuesta no se ha hecho pensando en el sector con el cual trabaja esta empresa”.
En esa línea, hizo ver que mientras el objetivo de Codelco es maximizar su valor económico, ambiental y social –a través de la explotación de yacimientos de cobre y sus subproductos y de su comercialización, por la cual recibe una utilidad que debe entregar al Estado–, Enami en cambio, tiene como fin el fomento de la pequeña y mediana minería, empleando herramientas que propenden al desarrollo de este sector, tales como el reconocimiento de reservas, la asesoría en la preparación y evaluación de proyectos, la entrega de capacitación técnica, la asignación de recursos crediticios y equipamiento. Además, a través de sus plantas de beneficio y fundición pone a disposición su capacidad de tratamiento para la minería de menor escala. Y por medio de sus poderes de compra adquiere los productos de pequeños y medianos mineros con los que abastece sus plantas de beneficio y posteriormente se encarga de su venta.
“Es difícil que con el rol que cumple Enami pueda administrarse como una sociedad anónima, según lo establece este proyecto de ley. El único accionista es el Estado y no genera utilidades. No entiendo en qué forma se le aplicarían las disposiciones de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas”, cuestionó la abogada.
Con todo, Verónica Baraona señaló que aunque Enami sea considerada una empresa única en su especie, “debe estar acorde con los avances económicos y sociales del sector, por lo estoy plenamente de acuerdo con algunos de los cambios propuestos”.
Sobre la composición del Directorio, estimó razonable una cantidad de 7 o 9 directores (el proyecto considera 7) y recordó que la eliminación de los representantes de Sonami es un tema que viene proponiéndose hace años, para prevenir eventuales conflictos de interés. También se mostró a favor de suprimir los representantes de Corfo y del IIMCh.
Añadió que dejaría a Cochilco en el Directorio, representado única y exclusivamente por su vicepresidente ejecutivo, dado que actúa como organismo fiscalizador; y mantendría a los ministros/as de Minería y Hacienda, como representantes del dueño y único accionista. Por otro lado, no le parece que un representante de los trabajadores integre el Directorio, porque “también podría ser juez y parte y le resta independencia al Directorio en la toma de decisiones”.
De acuerdo con la abogada, debiera haber dos directores elegidos directamente por el Presidente de la República y dos elegidos por Alta Dirección Pública. “En ambos casos debieran ser profesionales con experiencia en el sector y con un título profesional o técnico de a lo menos 10 semestres de estudios rendidos en una universidad o instituto técnico reconocido por el Estado. Estos directores debieran durar cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por un periodo más, aquellos que hubieren sido seleccionados por el sistema de ADP”, detalló.
“Echo de menos en este proyecto de ley una estructura orgánica de la empresa más moderna y eficiente. Encargaría un estudio al respecto o discutiría ideas”, concluyó.
Cambios estructurales relevantes
El también socio de VVMM, Cristián Quinzio, reconocido abogado minero, profesor de la Universidad de Chile, ex asesor legal de Phelps Dodge Corporation (hoy Freeport McMoRan) y ex abogado jefe de Codelco, opinó que el proyecto incorpora cambios estructurales relevantes al gobierno corporativo de Enami, el cual “es bastante anacrónico”.
Destacó las modificaciones a la composición del Directorio y a la cantidad y de directores; la creación formal del cargo de Vicepresidente Ejecutivo en lugar de gerente general; la eliminación del cargo de Secretario Ejecutivo; la separación de las funciones de fomento y de producción, incorporando que su domicilio social será la comuna de Copiapó y que tanto el vicepresidente ejecutivo como los principales ejecutivos deberán prestar sus servicios en las oficinas regionales que establezca la empresa en los lugares donde se emplacen sus operaciones, con exclusión de la Región Metropolitana.
Respecto de los requisitos para ser designado director, a su juicio no existe justificación para que estos sean diferentes a los exigidos para ser director de Codelco, los cuales son tener título profesional de una carrera de 10 semestres de duración, cinco años de experiencia profesional y que ésta no esté limitada a trabajar en empresas con ventas determinadas. Asimismo, sostuvo que carece de fundamento hacer extensivos estos requisitos a los ejecutivos principales de la empresa.
En relación a las atribuciones del Directorio, Quinzio señaló que debiesen existir determinadas materias, tales como el nombramiento del vicepresidente ejecutivo o la decisión sobre enajenaciones de activos, para cuyos acuerdos se requiera de un quórum especial, por ejemplo, el voto conforme de 5 directores, lo que no se encuentra especificado.
El abogado también dijo echar de menos la incorporación de dos disposiciones importantes que sí están en la Ley Orgánica de Codelco, en su artículo 25°: “Una primera que establece que no le serán aplicables a Codelco, aquellas normas que se dicten para las empresas del sector público, empresas del Estado, sociedades con participación estatal, en las que no se diga en forma expresa que se les aplicará a Codelco; y otra que establezca que los trabajadores de Enami estarán sometidos a las disposiciones del Código del Trabajo y leyes complementarias, así como la de organización sindical y negociación colectiva que rijan para el sector privado”. Puntualizó que tales regulaciones “le han otorgado mayor gobernanza y flexibilidad a Codelco y debieran aplicarse igualmente para la Enami”.
Positivo, pero falta
En términos generales, Arnaldo del Campo, ex director de Enami, presidente de la Asociación Minera de Vallenar y socio de VVMM, valoró como positivo que el proyecto de ley modifique la gobernanza de Enami, la cual en su opinión, ha sido muy afectada por los nombramientos de directores según el gobierno de turno.
Sin embargo, objetó la forma de designar a los miembros del Directorio que contempla la propuesta, y “principalmente la doble dependencia que pasa a tener el presidente del Directorio, al tener que entenderse con dos ministros, el de Minería y el de Hacienda”. En ese sentido, cuestionó la eliminación del artículo 1° del DFL 153 de 1960, que indicaba que “las relaciones de la empresa con el Gobierno se ejercerán por intermedio del Ministerio de Minería”.
En contraposición, destacó favorablemente que se haya mantenido el Artículo 2°, que señala que Enami “tendrá por objeto fomentar la explotación y beneficio de toda clase de minerales existentes en el país, producirlos, concentrarlos, fundirlos, refinarlos e industrializarlos, comerciar con ellos o con artículos o mercaderías destinados a la industria minera, como igualmente, realizar y desarrollar actividades relacionadas con la minería y prestar servicios en favor de dicha industria”.
El ingeniero civil de minas lamentó que no se dé más énfasis a la función de fomento de la empresa y a la medición del “VAN social” de su actuar. “Creo esencial cuantificar su acción social en las localidades (comunas) donde Enami esté presente”, puntualizó.
Asimismo, hizo notar que si bien en los antecedentes de la propuesta se menciona que Enami es la encargada de ejecutar el mecanismo de estabilización del precio del cobre para la pequeña minería, mediante la sustentación de precios (lo cual es una Ley vigente desde hace años), en el contenido del proyecto de ley esto no se especifica debidamente.
Respecto de las facultades de la Junta de Accionistas que radican en el Presidente de la República, opinó que parecen difusas, porque éste puede delegar dichas atribuciones en los ministros de Hacienda y Minería. “¿En los dos ministerios? ¿juntos o puede ser cualquiera?”, se preguntó del Campo.
También calificó como confuso el hecho de que, en la práctica, el presidente del Directorio deberá estar siempre informando a los ministros de Hacienda y Minería. “Sería más práctico que el ministro de Minería siguiera como presidente del Directorio. Sería bueno desligarse del ministro de Hacienda”, acotó.
Cabe destacar que se le dio suma urgencia a la tramitación del proyecto de ley, cuyos aspectos principales se pueden revisar aquí: https://vvmm.cl/los-puntos-centrales-del-proyecto-que-modifica-el-gobierno-corporativo-de-enami/