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Minería y agenda constitucional: los temas que estarían sobre la mesa

En un conversatorio con Voces Mineras, la abogada Paulina Riquelme hizo ver dónde estarían puestos los acentos en el proceso de una nueva Constitución y sus eventuales efectos sobre las normas que regulan la minería.

Paulina Riquelme, abogada y socia fundadora de EeLaw.

“Todo lo que se modifique en la Constitución va a generar un ajuste del sistema normativo, porque la Constitución como carta magna establece el marco y nuestro sistema regulatorio debe ajustarse a él. El sistema jurídico se tiene que adaptar a este nuevo pacto”. De esta forma, la abogada Paulina Riquelme, socia fundadora de EeLaw Medio Ambiente y Energía Asesorías Legales, explicó a los socios de Voces Mineras cómo el proceso constitucional podría tener efecto en las normas que hoy regulan la actividad minera.

Invitada por la asociación gremial, la profesional participó en un conversatorio sobre minería y agenda constitucional, regulatoria y legal, instancia en que sugirió una mirada colaborativa y constructiva más que defensiva frente a este proceso, para buscar cómo perfeccionar el modelo pensando en el desarrollo sostenible.

La primera gran discusión, dijo, será si la Constitución es minimalista o maximalista, ante lo cual la abogada planteó que “no es necesario consagrar todo con nivel de detalle en la Constitución. Por ejemplo, la Constitución de Estados Unidos casi no toca medio ambiente, pero eso no ha impedido que tengan un sistema ambiental de protección robusto. El hecho que esté una materia o no en una Constitución no significa una mayor o menor protección”.

Los socios de Voces Mineras conversaron con Paulina Riquelme sobre el proceso constitucional y posibles efectos para la minería.

 

Rol del medio ambiente

Según Paulina Riquelme, uno de los temas que será parte del debate es el rol que tendrá el medio ambiente en la Constitución. ¿Será sólo como derecho o también como deber de los ciudadanos y el Estado? ¿Tendrá un rol más transversal o sólo como una garantía constitucional?

La socia de EeLaw destacó que la Constitución de 1980 fue pionera en consagrar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, lo cual inspiró a otras constituciones en Latinoamérica que no lo consagraban expresamente. La implementación de este derecho se dio a través de la ley 19.300 y toda la reforma a la institucionalidad ambiental de 2010, que creó el Ministerio del Medio Ambiente, la Superintendencia del Medio Ambiente y, posteriormente, los tribunales ambientales.

“Hay algunos que están planteando que el medio ambiente no sólo se aborde como una garantía constitucional o un derecho, sino que tenga un rol más transversal, que esté, por ejemplo, en el capítulo de Bases de la Institucionalidad, que es donde se establecen las reglas básicas de organización de la República”, sostuvo.

En ese sentido, puntualizó que el desarrollo sostenible debiera ser el concepto eje, basado en el principio de la equidad y en el crecimiento económico como vía para resolver las múltiples necesidades que tenemos como país. “No creo en la dicotomía entre desarrollo económico y protección del medio ambiente. Lo importante es cómo podemos encauzar el desarrollo económico hacia la sustentabilidad. Naciones Unidas tiene los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los ODS reconocen al crecimiento económico como fundamental para disminuir las brechas e inequidades sociales”, aseveró.

Sistema concesional

En relación con la propiedad minera, la actual Constitución establece los criterios generales del sistema concesional, señalando que “la concesión minera obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento” y que el régimen de amparo tenderá a obtener el cumplimiento de esa obligación y contemplará causales de caducidad o de simple extinción del dominio sobre la concesión en caso de incumplimiento. Asimismo, otorga exclusividad a los tribunales ordinarios de justicia para declarar la extinción de tales concesiones, en contraste con un sistema concesional administrativo.

Para Paulina Riquelme, un tema que con seguridad estará presente en la discusión constitucional es el régimen de amparo, “porque el objetivo de otorgar una concesión no es especular, es ejecutar el proyecto minero”, indicó. Y sobre el rol de los tribunales de justicia en el otorgamiento de la concesión, opinó que esta exclusividad debiera preservarse pues ha funcionado bien, mediante un sistema transparente, ágil y predecible.

A su juicio, también estará sobre la mesa la necesidad de reconocer los límites de la naturaleza y eventualmente determinar cuál es el límite para la explotación de sustancias minerales.

Agua y Royalty

La abogada de Eelaw señaló que necesariamente se hablará sobre el recurso hídrico, partiendo por el acceso al agua potable y saneamiento, y llegando también a cómo se administra este recurso. En la actualidad, la Comisión de Constitución del Senado está discutiendo la reforma al Código de Aguas, incluyendo temas que tienen que ver con la figura legal del derecho de agua –si es un derecho real o una simple concesión administrativa– y con el límite de su ejercicio.

Y respecto del impuesto específico a la actividad minera –comúnmente llamado royalty minero-, estimó que éste debiera ser otro tema a abordar, en particular el destino de los recursos que se recaudan por esta vía que, de acuerdo a la Constitución vigente, no pueden tener un fin específico, sino que van al erario nacional.

Ahí estaría una de las claves de la valoración que los chilenos tienen de la industria minera: “¿Por qué hay tanta resistencia a la minería a pesar de que las compañías pagan un impuesto? Porque ese impuesto va a la Tesorería General y financia lo que el Ministerio de Hacienda determine y no va a la región donde se genera”, opinó Paulina Riquelme.

Al finalizar el conversatorio, instó al sector a hacerse cargo de los casos negativos que han perjudicado la imagen de la industria, pero recalcó que hay muchas buenas experiencias que rescatar. Asimismo, invitó a mirar ejemplos como el de Nueva Zelanda, donde conviven minería y agricultura. “Los países deben usar sus recursos en beneficio de sus ciudadanos”, concluyó.

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