La Ley de Biodiversidad y sus implicancias para la minería
El presente artículo aborda los efectos que la nueva normativa que regula sitios prioritarios tendría sobre la actividad minera y en particular sobre la mediana minería.

Por Juanita Galaz, directora corporativa de MyMA, socia de Voces Mineras, y Christian Peralta, gerente técnico de MyMA.
Cuando en septiembre de 2023 se promulgó la Ley Nº 21.600 –que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) y un nuevo marco legal para la conservación biológica– pocos dudaron de su relevancia simbólica. Sin embargo, ya en su fase de aplicación ha ido apareciendo con claridad su efecto práctico sobre sectores con alto impacto territorial y, en particular, sobre la minería. Y dentro de ella, no es la gran minería la más vulnerable, sino la mediana, segmento que tiene menos capacidad financiera para absorber nuevos costos de esta nueva regulación.

Principales novedades de la ley
La ley, unifica funciones dispersas (antes entregadas a Conaf, Sernapesca y otros) bajo el nuevo SBAP, con atribuciones de fiscalización, clasificación de especies, declaración de sitios prioritarios y manejo de compensaciones de biodiversidad. Se espera que su reglamento –especialmente aquel que define los “sitios prioritarios” y los criterios para compensaciones ecológicas– establezca las reglas del juego definitivas.
También se incorpora la posibilidad de que actividades como la minería, el sector energético o la acuicultura operen bajo ciertas concesiones, incluso en áreas protegidas, bajo condiciones muy específicas.
Pero lo más importante para el sector es que la ley eleva los estándares: exige planes de restauración, monitoreo y compensación más rigurosos, mayores controles por parte del SBAP y una fiscalización más activa de las intervenciones en ecosistemas sensibles.
En este contexto, se pueden identificar algunas implicancias directas para la minería, a saber:
- Restricciones en áreas de alto valor ecológico
Uno de los impactos más palpables será la prohibición o mayor dificultad para operar en zonas próximas a territorios con alta biodiversidad o que se declaren como prioritarios para conservación. Las empresas mineras deberán cumplir criterios más estrictos, lo que podría aumentar los costos (ambientales, técnicos y regulatorios) de exploración y operación.
- Mayor escrutinio ambiental y responsabilidad permanente
La ley pone un acento en la conservación continua, no sólo en la mitigación puntual. Eso implica que la minería deberá considerar su impacto de largo plazo, sus pasivos ecológicos y garantizar planes de rehabilitación ecológica con estándares más elevados, lo que incluye una complejidad adicional: la posible exigencia de la autoridad de agregar la variable de cambio climático en los análisis y en las acciones.
- Competitividad frente a otros países
Si los costos regulativos se disparan, el país podría perder competitividad frente a jurisdicciones más laxas. Las empresas podrían optar por invertir en otros países con barreras ambientales menores, lo que afectaría los ingresos fiscales, el empleo y la cadena de proveedores nacionales.
- Conflictos territoriales y sociales
Con una ley que eleva el estándar de protección de ecosistemas, es probable que resurjan resistencias sociales en sitios donde se proyectaban nuevas faenas o ampliaciones. En zonas fronterizas entre áreas protegidas y territorios mineros podría intensificarse la disputa sobre límites, compensaciones y concesiones.
- Efecto multiplicador en innovación y minería verde
Desde una posición más optimista, se podría pensar en que, si la ley se aplica con inteligencia, puede estimular una industria minera más verde, con mejoras en eficiencia de recursos hídricos, energéticos y gestión de residuos. Las compañías que adopten las tecnologías más limpias podrán tener ventajas competitivas (por ejemplo, acceso a mercados que valoran minerales “responsables”, financiamiento ESG, certificaciones internacionales).
Implicancias para la mediana minería
Frente a la ley, especialmente las pequeñas y medianas empresas mineras han manifestado sus reservas, dado que podrían verse más impactadas proporcionalmente por los costos adicionales que impone la nueva regulación.
En concreto, ¿qué implicancias tiene la nueva normativa para la mediana minería? Estas se pueden resumir en las siguientes:
- Aumento proporcional del costo de cumplimiento
Para empresas medianas, aumentar exigencias en restauración ecológica, monitoreo permanente, estudios de biodiversidad y compensaciones puede representar un porcentaje mucho mayor sobre su EBITDA que para compañías grandes. Mientras grandes proyectos pueden distribuir esos gastos a gran escala, una mediana operación puede ver afectada su viabilidad por tasas de retorno menores.
- Riesgo de inviabilidad de proyectos marginales
La mediana minería muchas veces aborda proyectos con grados de mineral menos favorables o ubicados en zonas con desafíos logísticos. Si la regulación exige condiciones de manejo ecológico más costosas, algunos proyectos marginales podrían simplemente dejar de ser rentables y abandonarse.
- Mayor dificultad de financiamiento
Los inversionistas y bancos, al evaluar riesgos regulatorios más estrictos, podrían aplicar primas más altas de costo de capital o directamente descartar proyectos medianos. En ese escenario, sólo aquellas minas capaces de demostrar altos estándares ambientales o protocolos robustos podrían acceder a financiamiento.
- Competencia desigual con las grandes
Aun cuando la ley es de aplicación general, las grandes mineras operan con economías de escala, mayores capacidades técnicas, mejor acceso a gestión ambiental y recursos para litigios o contrapartes expertas. Ese desequilibrio puede acentuar la brecha entre grandes y medianas operaciones, potenciando la concentración del sector.
- Riesgo regulatorio e incertidumbre normativa
Hasta ahora, el reglamento que definirá criterios de compensación, diseño de sitios prioritarios y estándares ambientales todavía está en elaboración. Esa incertidumbre normativa agrega riesgo para proyectos en etapa de exploración o desarrollo. Si los criterios resultan muy estrictos o poco previsibles, pueden actuar como barreras para proyectos medianos que no estaban diseñados para ese régimen.
Anticipación ambiental como ventaja
Pese a los riesgos, la nueva regulación puede transformarse en una ventaja para proyectos mineros medianos que adopten tempranamente estándares de “biodiversidad amigable”. Aquellas minas que demuestren mejores prácticas podrán: ganar “licencia social” en sus territorios más fácilmente; acceder a mercados internacionales que valoran minerales con certificación ambiental; diferenciarse frente a competidores con baja calificación ambiental; atraer financiamiento con criterios ESG (ambientales, sociales y de gobernanza).
Para que esta apuesta funcione, el Estado debe acompañar con claridad regulatoria, mecanismos de apoyo técnico, incentivos (por ejemplo, vía Fondo Nacional de Biodiversidad) y procesos ágiles para proyectos medianos, manteniendo vigente el principio de gradualidad.
Punto de inflexión
La ley de biodiversidad representa un punto de inflexión respecto de cómo Chile entiende su modelo extractivo. Si bien plantea desafíos reales para el sector minero –mayores costos regulatorios, restricciones territoriales o presión social– también abre una oportunidad para redefinir el modelo entre desarrollo y naturaleza. Una minería que ignore este nuevo escenario probablemente se agotará en conflictos y riesgos reputacionales. En cambio, aquellas que inviertan anticipadamente en capacidades ambientales, diálogo territorial, innovación y gobernanza transparente, estarán mejor preparadas para operar con “licencia social” en el siglo XXI.
Con todo, para la minería mediana la nueva ley puede traducirse en cargas que, si no se gobiernan, pondrán en riesgo la viabilidad de muchos proyectos de escala intermedia. En un momento en que la mediana minería proyecta crecimiento y requiere nuevas inversiones, elevaciones abruptas de costos regulatorios podrían significar la exclusión de operaciones marginales. El desafío es que la reglamentación acompañe esta ley con equilibrio, previsibilidad y mecanismos de transición y gradualidad razonables.
En caso contrario, Chile podría perder no solo biodiversidad, sino también diversidad en su matriz productiva minera. El futuro no debería pensarse en blanco o negro (minería vs naturaleza), sino en una minería que pueda democratizar sus beneficios con responsabilidad ambiental y equidad sectorial.






