Agua para la minería

25 mayo, 2020
Columna de opinión - Juanita Galaz_foto

“Es innegable la validez de proponer una reforma al Código de Aguas en función del interés público, pero ciertamente temas como la limitación a los derechos de aprovechamiento, o lo relacionado con las aguas del minero (…), son materias que requieren analizarse con cuidado”.

Juanita Galaz, directora ejecutiva Minería y Medio Ambiente y socia de Voces Mineras_______________________

El agua es un recurso imprescindible para realizar minería. Se utiliza en todas las áreas, operaciones y servicios de una faena minera, concentrándose principalmente en el procesamiento de minerales. Como fuentes frescas de este recurso se utilizan aguas continentales (superficiales o subterráneas) y agua de mar, esta última con o sin tratamiento de desalación.

Para minimizar el uso de agua fresca, la industria minera ha avanzado de manera importante en materia de recirculación de las aguas de proceso, minimizando filtraciones, evaporaciones y contenido de agua en los residuos mineros. Sin embargo, con las tecnologías actuales es improbable que se pueda alcanzar mejoras significativas adicionales en las tasas de recirculación, cuyos valores actuales ya son del orden de 75 a 80%.

Adicionalmente, existe una tendencia natural al mayor consumo para tan sólo mantener la producción actual, por cuanto las menores leyes de los recursos que se explotan obligan a un mayor tratamiento de minerales.

En términos globales, la minería en Chile dista mucho de ser un gran consumidor de agua, siendo, dentro de los sectores productivos, responsable de menos del 5% de la demanda para uso consuntivo. Lamentablemente, en nuestro país la mayor cantidad de operaciones mineras se encuentra en la zona norte, donde es mayor la escasez de este recurso. Por esta razón, es entendible la revisión exhaustiva que se hace a los estudios y declaraciones de impacto ambiental de los proyectos mineros, en donde las posibles afectaciones a los recursos hídricos y al uso por parte de terceros es materia de especial atención.

Materializar un proyecto minero es una tarea de largo plazo, que puede significar 5 a 10 años sólo en estudios y permisos para ponerlo en marcha, con un período similar o mayor en producción, y demanda normalmente una inversión muy significativa de capital. En este contexto, es razonable que los inversionistas deseen tener seguridad respecto de todos los recursos que requerirán para ejecutar un proyecto, entre ellos el agua, y ésta es la razón por lo que la reforma al Código de Aguas ha generado preocupación en la industria minera.

Es innegable la validez de proponer una reforma al Código de Aguas en función del interés público, pero ciertamente temas como la limitación a los derechos de aprovechamiento, o lo relacionado con las aguas del minero, cuyo manejo está más ligado a dar seguridad a las operaciones mineras, son materias que requieren analizarse con cuidado para no desanimar la inversión en esta importante área productiva.

Los recursos que recauda el país de la minería para financiar su labor social, también deben considerarse de interés público, por lo que es muy importante velar por el equilibrio entre los diferentes intereses que están en juego en relación con los diversos usos del agua.

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